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MAP: Extranjeros no pueden ocupar cargos permanentes en los órganos y entes de la administración pública

El Ministerio de Administración Pública (MAP) emitió la resolución núm. 362-2022, la cual establece las formas de colaboración de extranjeros con los órganos y entes de la administración pública. El documento firmado por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo, indica en su artículo seis que aquellos extranjeros que en la actualidad se encuentran en nóminas fijas o temporales, ocupando cargos permanentes de la Administración Pública, deberán ser colocados en condición de eventuales o jornaleros, según corresponda, en un plazo máximo de tres meses, contados a partir de la entrada en vigor de esta resolución. “Para que los extranjeros puedan participar como colaboradores eventuales de órganos y entes públicos del ámbito del Poder Ejecutivo, deben ser residentes legales con autorización para trabajar en la República Dominicana, de conformidad con el ordenamiento jurídico dominicano”, manifiesta el párrafo I del artículo 1. Esto en virtud de lo dispuesto en la Constitución de la República, y por el artículo 33, numeral 1 de la Ley de Función Pública que establece el “ser dominicano” para ingresar al servicio público, y a lo plasmado en el párrafo del artículo 11 de la resolución núm. 113-21 del MAP de que la ocupación de cargos en condición de eventuales o jornaleros se podrá realizar mediante la firma de una carta compromiso de servicios personales, para los colaboradores extranjeros. Las cartas compromisos de servicios personales firmadas con extranjeros, tendrán una duración de doce meses, y en caso de necesidad, podrán ser renovadas por 6 meses más, siempre que se cuente con la no objeción del MAP. La resolución señala que los órganos y entes del Poder Ejecutivo deberán enviar al MAP una relación de todos los extranjeros que ocupan cargos permanentes, haciendo constar nombre completo del extranjero, documento de identidad, título del cargo que ocupa y tiempo ocupándolo; dicha relación debe ser enviada en un plazo de un mes a partir de la entrada en vigencia de la presente resolución. “Si al vencimiento del plazo indicado, la máxima autoridad ejecutiva no hubiere obtemperado al envío al MAP de la relación de extranjeros a la que se refiere dicho párrafo, se entenderá que no desea continuar con los servicios personales de dichos extranjeros, y estos cesarán en sus labores y no se podrán realizar más pagos por servicios prestados”, señala expresamente el párrafo II de la misma. Por igual, se indica que los extranjeros que se encuentren ocupando cargos públicos permanentes, en nóminas fijas o temporales, tendrán un plazo máximo de seis meses para regularizar su estatus de colaborador con el ente u órgano correspondiente. Vencido este plazo, estos extranjeros no podrán seguir prestando servicios a los entes u órganos del ámbito del Poder Ejecutivo. Cuando los cargos que estén siendo ocupados por extranjeros sean clasificados como de Carrera Administrativa, deberán ser llamados a concurso tan pronto venza el plazo de los seis meses otorgado a los extranjeros para regularizar su situación; en caso de que no sean de carrera, una vez pasen los seis meses se deberá de colocar en esos cargos a nacionales dominicanos. Los extranjeros que tengan interés en ocupar cargos permanentes en la Administración Pública deberán obtener la nacionalidad dominicana, de conformidad con las normas y procedimientos establecidos en la Ley Núm. 285-04, General de Migración, y su Reglamento de Aplicación Núm. 631-11, y someterse a los requisitos y procedimientos establecidos en la Ley núm. 41-08, de Función Pública y sus reglamentos de aplicación. La Resolución núm. 362-22 indica en su artículo 2 sobre no objeción, que el MAP, en su calidad de órgano rector de la Función Pública, tiene la facultad de aprobar o no la vinculación de los extranjeros mediante las modalidades de jornaleros o eventuales, luego de verificar que se han cumplido o no los requisitos legales, formales y procedimentales.

MAP da a conocer lineamientos para entrega de Reconocimiento SISMAP Gestión Pública 2022

El Ministerio Administración Pública (MAP) emitió la circular número 017300 la cual establece los lineamientos para la entrega del Reconocimiento SISMAP Gestión Pública 2022, donde se monitorea el Desempeño de la Gestión Institucional. “Esta iniciativa busca incentivar, promover y reconocer el esfuerzo por la mejora continua en la gestión de los entes y órganos para elevar el servicio de la administración pública dominicana, al nivel de los estándares de clase mundial e instaurando la creación del valor público”, indica el documento firmado por el titular del MAP, Darío Castillo Lugo. La circular también establece que en la categoría I de desempeño institucional se reconocerá el alto desempeño en las áreas de gestión monitoreadas desde el SISMAP Gestión Pública en el Ranking General. Mientras, en la categoría II, de Satisfacción Ciudadana, será reconocido el ente u órgano que haya logrado un 95% o más en el subindicador de satisfacción ciudadana con el conjunto de los servicios que ofrecen las instituciones. Los entes y órganos de la Administración Pública reconocidos en esta categoría deberán superar el 90% o más en el Ranking General. Los órganos y entes de la Administración Pública reconocidos recibirán una estatuilla desde el MAP y el Instituto Nacional de Administración Pública (INAP). Los ganadores se escogerán en base al corte del 31 de octubre, a las 4:00 PM; durante ese proceso, el MAP hará una revisión detallada, entre el 31 de octubre y el 3 de noviembre de 2022, de los entes y órganos que estén dentro de los primeros lugares, luego del corte. Esta revisión pudiera generar variaciones en la puntuación final del Ranking. El Ministerio de Administración Pública, publicará en el portal del SISMAP Gestión Pública, los entes u órganos a reconocer, los cuales recibirán su reconocimiento en el marco del evento XIV Semana de la Calidad: impacto de los Modelos de Excelencia en la creación del Valor Público. Los entes y órganos con más de tres subindicadores inactivos o estatus de “no aplica”, no podrán ser reconocidos en las categorías anteriores.

Tribunal Superior Electoral recibirá acompañamiento técnico del MAP para proceso de desarrollo e implementación de la carrera administrativa en TSE

El Tribunal Superior Electoral (TSE) recibirá acompañamiento técnico para el proceso de desarrollo e implementación de la carrera administrativa del TSE, por parte del Ministerio de Administración Pública (MAP). El MAP dará apoyo en la revisión de la estructura organizacional, sobre diseño y documentación del manual de funciones, además en la clasificación de los cargos y en el diseño del manual correspondiente del TSE. En el convenio de colaboración interinstitucional, firmado por el magistrado Ygnacio Pascual Camacho Hidalgo, presidente del Tribunal Superior Electoral y Darío Castillo Lugo, ministro de Administración Pública, contempla, además, impartir conferencias y talleres al personal el TSE en lo relacionado a proceso de ingreso, permanencia, desarrollo y los beneficios, al implementar el sistema de carrera administrativa en el tribunal.

Bienes Nacionales y Ministerio de Administración Pública continúan en los trabajos de proceso de fusión

El director general de Bienes Nacionales y el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y el ministro del Ministerio de Administración Pública (MAP), sostuvieron un encuentro a los fines de dar continuidad al tema de la fusión de Bienes Nacionales, con el Consejo Estatal del Azúcar (CEA) y La Corporación Dominicana de Empresas Estatales (CORDE). Rafael Burgos Gómez, informó que este proceso de fusión, que inició hace un año, se está trabajando en coordinación con diferentes organismos del Estado, encabezado por el Ministerio de Administración Pública (MAP). Además, que “este es un proceso que va a requerir de tiempo, porque para su ejecución se está necesitando de muchos recursos y facilidades físicas del edificio donde están llegando parte de los colaboradores de Bienes Nacionales”.

Ministro Castillo Lugo recalca que, a partir de 2023, no se permitirá el ingreso de nuevo personal a cargos de carrera administrativa, sin que...

El ministro de Administración Pública, Darío Castillo Lugo, recalcó que, a partir del primero de enero del 2023, no se ingresará nuevo personal a cargos que pertenezcan a la carrera administrativa, sin que se realicen los procesos de concursos públicos para ocupar esos puestos. “Se ha acordado que la Dirección General de Presupuesto (DIGEPRES), la Contraloría General de la República (CGR) ni el MAP, van a aprobar la liberación de los fondos para ocupar cargos, que no sean llamados a concursos previos”, indicó Castillo Lugo. El titular del Ministerio de Administración Pública (MAP) realizó esa afirmación durante un encuentro con responsables de recursos humanos de las instituciones públicas, sobre normas específicas para las aplicaciones Legales y Reglamentarias relativas al ingreso por méritos a cargos de Carrera Administrativa. Castillo Lugo explicó los lineamientos de las normas a establecerse; además de sostener una sesión de preguntas y respuestas con los presentes en el evento; mientras que Sandra Gerónimo, directora de Sistemas de Carrera del MAP y Luis Montás, director de Reclutamiento y Selección de Personal, igual del MAP; dieron las palabras de bienvenida y trataron sobre los detalles de la actividad que se realizó en el hotel Catalonia. En el acto también se realizó la conferencia magistral denominada “El Liderazgo en Recursos Humanos como Agente de Cambio, la cual fue impartida por el señor Eladio Uribe, quien es director de Recursos Humanos del Central Romana Corporation.

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