Santo Domingo.– El Poder Ejecutivo emitió el Decreto núm. 403-2026, en el que establece el Marco Nacional de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos de la Administración Pública, una iniciativa orientada a transformar la manera en que las instituciones del Estado intercambian información para ofrecer servicios públicos más ágiles, seguros, integrados y centrados en las necesidades de la ciudadanía.
La disposición regula el intercambio seguro, estandarizado, trazable y oportuno de datos, documentos electrónicos y eventos interoperables entre los entes y órganos gubernamentales, además de establecer las bases para una gestión eficiente de los activos de información bajo custodia del Estado.
Este marco regulatorio tiene entre sus principales objetivos reducir la duplicidad documental y la carga administrativa para ciudadanos, empresas y servidores públicos, garantizando la calidad de los datos del Estado, la habilitación de servicios públicos digitales integrados y proactivos que faciliten la interoperabilidad de los servicios centrales de la función pública y de los sistemas transversales del Estado.
Como órgano rector del desarrollo del Gobierno Digital, el Ministerio de Administración Pública (MAP) tendrá la responsabilidad de dictar los lineamientos, normas, estándares y protocolos funcionales de interoperabilidad y gobernanza de datos, la definición de la arquitectura empresarial de la Administración pública, así como supervisar el cumplimiento del decreto y coordinar el Comité de Interoperabilidad y Gobernanza de Datos, organismo concebido como la instancia de coordinación estratégica y articulación interinstitucional para dar seguimiento a la implementación del marco.
Según el decreto, la Oficina Gubernamental de Tecnologías de la Información y Comunicación (Ogtic) asumirá la operación técnica del marco y de la Plataforma Única de Interoperabilidad, infraestructura transversal prioritaria del Estado para el intercambio de datos, documentos electrónicos y eventos interoperables entre las instituciones públicas.

