Tribunal Constitucional confirma fallo que ordena actualizar límites del Parque Jaragua

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El Tribunal Constitucional (TC) confirmó la sentencia que ordena al Ministerio de Medio Ambiente y Recursos Naturales actualizar el Catastro Nacional de Áreas Protegidas (Sinap) para reflejar la exclusión de cuatro parcelas del Parque Nacional Jaragua.

La decisión mantiene el criterio adoptado por el Tribunal Superior Administrativo (TSA) en el litigio promovido por Inversiones del Sur, SRL, representada por Ricardo Gadala-María Nasser, nieto del empresario Elías Gadala-María Dada.

La empresa sostiene que esos terrenos quedaron fuera del área protegida con la entrada en vigencia de la Ley 266-04, que creó el Polo Turístico de la Región Suroeste.

Para la mayoría de los jueces, el ministerio incumplió el mandato contenido en los artículos 26, 27 y 28 de la Ley 202-04, que lo obligan a mantener actualizado el Catastro Nacional de Áreas Protegidas incorporando las modificaciones territoriales dispuestas por la legislación. El tribunal concluyó que esa obligación es expresa, concreta y exigible mediante un amparo de cumplimiento.

En ese sentido, el TC sostuvo que mantener actualizado el SINAP implica reflejar en los registros, mapas y cartografía oficial las delimitaciones y modificaciones territoriales ya reconocidas por el ordenamiento jurídico, sin que el juez constitucional tenga que redefinir límites, adjudicar derechos de propiedad o sustituir el criterio técnico de la administración.

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