Moradores del municipio de los Alcarrizos, esperan las elecciones del 18 de febrero cono pocas esperanzas de que las autoridades que resulten electas presenten planes de solución a sus añejos problemas.
Asimismo, indicaron que los basureros improvisados imperan en el sector.
Sin fé en que se produzca un verdadero cambio en los Alcarrizos, dicen estar los residentes y comerciantes de sectores como La Piña, Barrio Landia y Las Mercedes de este municipio.
Un tramo de la calle Las Damas, en Brisas del Este en la zona oriental está al punto de ser clausurado por la basura que arropa la vía.
Los moradores del lugar denuncian que varias polleras de la zona tiran sus desperdicios en varios de esos solares que se riega en el camino.
Moradores del barrio Buenos Aires de Herrera, Santo Domingo Oeste, se quejan por el mal olor provocado por vertedero improvisado en los alrededores de un colegio, una clínica y una guardería infantil.
«Miren que basurero hay aquí, donde están el Colegio La Hora de Dios, la Orden Malta y una guardería. Eso es el ayuntamiento que tiene todo eso así en Buenos Aires de Herrera, Santo Domingo Oeste», explica un residente de la zona a través de un vídeo.
En el audiovisual se puede apreciar el gran cumulo de desechos sólidos depositados en la zona escolar.
Grupos de delincuentes y vagabundos de Cristo Rey han robado en dos ocasiones el parque Cruz Jiminián del sector Cristo Rey, dejándolo a oscuras.
Así lo denunció Teresa Rodríguez, gobernadora del parque ubicado en la calle Rafael J. Castillo.
La Federación Dominicana de Municipios (Fedomu) recordó a los alcaldes que aspiran a ser repostulados en sus respectivos municipios para las elecciones del 18 de febrero que la Ley Electoral 20-2023 prohíbe a las alcaldías inaugurar obras públicas cuarenta días antes de las votaciones.
A través de una nota de prensa, el presidente del Consejo Directivo de Fedomu y alcalde de La Vega, Kelvin Cruz, instruyó a los alcaldes candidatos a adoptar las medidas correspondientes para evitar violaciones a la Ley Electoral.
La citada norma indica en su párrafo sexto del artículo 210 que «está prohibido durante los cuarenta (40) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios municipales y sesenta (60) días anteriores a la fecha fijada para la celebración de los comicios presidenciales y congresuales, la realización de actos inaugurales de obras públicas por el Gobierno central y las alcaldías».