Tribunal anula ordenanza municipal de San Francisco de Macorís y devuelve seguridad jurídica a empresarios y munícipes

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El empresariado y los munícipes de San Francisco de Macorís obtuvieron una victoria judicial de alcance histórico: un tribunal declaró nula de pleno derecho la Ordenanza núm. 04-2024, dictada por el Concejo de Regidores del Ayuntamiento Municipal el 1 de noviembre de 2024, que pretendía imponer un nuevo y oneroso régimen de tasas, arbitrios, contribuciones y sanciones sobre las actividades comerciales, el uso de espacios públicos y las operaciones económicas dentro del municipio.

La sentencia, emitida por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Duarte, actuando en atribuciones de lo Contencioso Administrativo Municipal, representa un freno contundente al ejercicio arbitrario del poder municipal y reafirma que ninguna administración local puede imponer cargas a los ciudadanos sin respetar los procedimientos que manda la ley.

La Ordenanza núm. 04-2024 derogaba la normativa vigente desde 2011 e introducía un nuevo marco regulatorio que afectaba directamente a comerciantes, empresas, inversionistas y operadores económicos de la provincia Duarte. El texto establecía nuevas obligaciones en materia de tributos municipales, permisos, autorizaciones, tránsito, estacionamiento, uso de suelo y remoción de vehículos.

El problema no era solo el contenido, sino la forma en que fue aprobada: el Concejo de Regidores la dictó el 1 de noviembre de 2024 y fijó su entrada en vigencia para apenas cuatro días después, el 5 de noviembre, sin que mediara consulta pública, audiencia ciudadana, estudios técnicos ni evaluación de impacto sobre los sectores afectados.

Para el tribunal, ese procedimiento resultó insalvable. La sentencia concluyó que la ordenanza estaba afectada desde su origen por vicios de nulidad absoluta, al haberse omitido requisitos esenciales que la Constitución, la Ley núm. 107-13 sobre Derechos de las Personas en sus Relaciones con la Administración y de Procedimiento Administrativo, y la Ley núm. 176-07 del Distrito Nacional y los Municipios imponen a toda administración pública antes de emitir disposiciones de carácter general.

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